° . Liquidador . El Presidente de la República designará el Liquidador de la Comisión Nacional de Regalías - En Liquidación, quien deberá reunir las mismas calidades exigidas para el Director General de la Comisión Nacional de Regalías, devengará su remuneración y estará sujeto al régimen de inhabilidades, incompatibilidades, responsabilidades y demás disposiciones previstas para este. El liquidador podrá contratar personas especializadas para la realización de las diversas actividades propias del proceso de liquidación.
Decreto 149 de 2004 →Vigente
Artículo 3
Decreto 149 de 2004 · por el cual se suprime la Comisión Nacional de Regalías y se ordena su liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.