Micelio

Artículo 2

Tanto Del Recurso De Reposición Como Del De Apelación A Que Se Refiere El Artículo 77 De La Ley 167 De 1941, Deberá Hacerse Uso Dentro De Los Diez Días Hábiles Siguientes, Contados A Partir De La Notificación Personal, O De La Desfijación Del Edicto

Decreto 1349 de 1953 · Por el cual se suspende el efecto de los artículos 75 y 78 de la Ley 167 de 1941

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Tanto del recurso de reposición como del de apelación a que se refiere el artículo 77 de la Ley 167 de 1941, deberá hacerse uso dentro de los diez días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación personal, o de la desfijación del edicto. Transcurrido este plazo sin que se hubiere interpuesto el recurso, la providencia quedará ejecutoriada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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