Micelio

Artículo 2

Ley 87 de 1948 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración de los Juegos Atléticos Nacionales que se efectuarán en la ciudad de Santa Marta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destinase hasta la suma de un millón de pesos como contribución nacional para la terminación del Estadio de Santa Marta, y para la realización de las obras deportivas que a juicio del Comité Organizador de los Sextos Juegos Atléticos Nacionales, sean necesarias para la preparación de la citada ciudad, sede de los Juegos Atléticos de 1949.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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