Micelio

Artículo 20

Decreto 930 de 1992 · por el cual se reglamenta el establecimiento de redes privadas de telecomunicaciones y la utilización del espectro radioeléctrico destinado a estos efectos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El incumplimiento por parte del licenciatario de las normas establecidas en este Decreto o de las previstas en el Decreto-ley 1900 de 1990, dará lugar a la imposición de sanciones por parte del Ministerio de Comunicaciones, mediante resolución motivada, y que podrán consistir, según la gravedad de la falta, el daño producido y la reincidencia en su comisión en

1.

Multas hasta por una suma equivalente a mil salarios mínimos legales mensuales.

2.

Suspensión de la licencia hasta por un término de dos meses.

3.

Cancelación de la licencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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