Micelio

Artículo 2

Decreto 2559 de 1954 · Por el cual se hacen unas traslaciones y se abren unos créditos adicionales -suplementales- al Presupuesto para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Salud Pública)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de seiscientos cincuenta mil novecientos cuarenta y cinco pesos con cincuenta y un centavos ($ 650.945.51) moneda corriente, que se incorpora con imputación a los siguientes numerales: Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 126. Consignación parcial de Depósitos Provisionales consignados por el Cajero Externo del Lazareto de Contratación, por concepto de reintegros según oficio número 11/392 de la Tesorería General de la República en agosto 2 de 1954, que no constituyen exigibilidades a cargo del Tesoro $ 178.673.57 Numeral 127. Cancelación del Depósito Provisional consignado por el Instituto Nacional de Higiene "Samper - Martínez", según oficio número 11/391 de agosto 2 de 1954 de la Tesorería General de la República, qué no constituye exigibilidad a cargo del Tesoro 152.271.94 Numeral 128. Cancelación del Depósito Provisional consignado por el Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública, de acuerdo con Resolución número 0687 de agosto 3 de 1954, del Ministerio del ramo y según recibo oficial número 10189 y oficio número 11/404 de agosto de 1954, de la Tesorería General de la República 320.000.00 Total $ 650.945.51

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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