Micelio

Artículo 22

Sobre La Áreas Que Hayan Sido Objeto De Una Propuesta De Contrato Aceptada Y Que Por Cualquier Motivo Queden Libres Para Contratar, Únicamente Podrá Formularse Nuevas Propuestas Que Las Comprenda Parcial O Totalmente, Cuando Hayan Transcurrido Tres Meses Contados A Partir De La Fecha En Que Se Publique En El Diario Oficial La Resolución Que Declare Libre Para Contratar La Zona Respectiva

Decreto 332 de 1953 · Por el cual se reglamenta la ley 18 de 1952 y el Decreto extraordinario 2270 del mismo año y se sustituyen los Decretos reglamentarios 2169 de 1950 y 972 de 1951

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sobre la áreas que hayan sido objeto de una propuesta de contrato aceptada y que por cualquier motivo queden libres para contratar, únicamente podrá formularse nuevas propuestas que las comprenda parcial o totalmente, cuando hayan transcurrido tres meses contados a partir de la fecha en que se publique en el Diario Oficial la resolución que declare libre para contratar la zona respectiva. Las áreas correspondientes a contratos de exploración y explotación que terminaren por renuncia o caducidad, quedaran libres para contratar con personas diferentes de los antiguos concesionarios, desde la fecha de la publicación de la respectiva providencia en el Diario Oficial. Capitulo V.- oposiciones y avisos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 332 de 1953