Micelio

Artículo 22

Sobre La Áreas Que Hayan Sido Objeto De Una Propuesta De Contrato Aceptada Y Que Por Cualquier Motivo Queden Libres Para Contratar, Únicamente Podrá Formularse Nuevas Propuestas Que Las Comprenda Parcial O Totalmente, Cuando Hayan Transcurrido Tres Meses Contados A Partir De La Fecha En Que Se Publique En El Diario Oficial La Resolución Que Declare Libre Para Contratar La Zona Respectiva

Decreto 332 de 1953 · Por el cual se reglamenta la ley 18 de 1952 y el Decreto extraordinario 2270 del mismo año y se sustituyen los Decretos reglamentarios 2169 de 1950 y 972 de 1951

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sobre la áreas que hayan sido objeto de una propuesta de contrato aceptada y que por cualquier motivo queden libres para contratar, únicamente podrá formularse nuevas propuestas que las comprenda parcial o totalmente, cuando hayan transcurrido tres meses contados a partir de la fecha en que se publique en el Diario Oficial la resolución que declare libre para contratar la zona respectiva. Las áreas correspondientes a contratos de exploración y explotación que terminaren por renuncia o caducidad, quedaran libres para contratar con personas diferentes de los antiguos concesionarios, desde la fecha de la publicación de la respectiva providencia en el Diario Oficial. Capitulo V.- oposiciones y avisos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 332 de 1953