Micelio

Artículo 8

Ley 72 de 1919 · Sobre asignaciones de los empleados nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta ley regirá desde su sanción, pero en lo referente a las asignaciones sólo entran pero en lo referente a las asignaciones sólo entrará en vigor desde el primero de enero próximo.

Artículo transitorio. Al sacar en limpio este proyecto se pondrá en los incisos donde figuran varios empleados con una misma denominación, el número de ellos según el proyecto de Presupuesto y las modificaciones adoptadas por las Cámaras en esta Ley, y se verificarán las operaciones aritméticas correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 72 de 1919