º.Deacuerdo a Io establecido en el artículo 15 de la Ley 38 de 1981, la Comisión de Concertación p ara el sector de la Construcción de Vivienda tendrá las siguientes funciones
Discutir y analizar los planes y políticas preparados por el Ministerio de Desarrollo Económico y el Departamen to Nacional de Planeación, según l o señalado en el artículo 8º de la misma ley;
Preparar y presentar informes, estudios y recomendaciones sobre el sector de la Construcción de Vivienda;
Rendir informes acerca de los estudios y propuestas de origen gubernamental que se sometan a su estudio y
Elaborar el plan indicativo para el sector; sugerir cambios, y adiciones al mismo y a las políticas sectoriales sometidas a su consideración.