Micelio

Artículo 2

Los Cargos Señalados En El Artículo Anterior Podrán Ser Desempeñados Por Personal Militar Perteneciente A Cualesquiera De Las Fuerzas Militares Y Policía Nacional Y La Remuneración Fijada A Los Mismos Se Rige Por La Escala Prevista En El Decreto-Ley Número 232 De 1977 Y Demás Normas Que Lo Modifiquen O Adicionen

Decreto 926 de 1977 · Por el cual se determina la planta de personal del Vicariato Castrense

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los cargos señalados en el artículo anterior podrán ser desempeñados por personal militar perteneciente a cualesquiera de las Fuerzas Militares y Policía Nacional y la remuneración fijada a los mismos se rige por la escala prevista en el Decreto-ley número 232 de 1977 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 926 de 1977