Transcurridos cinco años para los interesados que residieren en el país y diez para los ausentes de él, contados desde la fecha de la publicación en el Diario Oficial de la resolución de exclusión de los bienes de la administración fiduciaria, se tendrán como abandonados los que no fueren reclamados por el interesado durante el lapso expresado, y corresponderán a la nación. Una vez cumplido este evento, el respectivo administrador fiduciario hará entrega de tales bienes a la oficina o entidad que designe el ministerio de hacienda y crédito público. Esta disposición comprende cualquiera clase de bienes excluidos de la administración fiduciaria, sin distinción de nacionalidad de los dueños.
Ley 39 de 1945 →Vigente
Artículo 14
Ley 39 de 1945 · Por la cual se provee al pago de las indemnizaciones y reparaciones por causa de la guerra con Alemania y se dictan varias disposiciones relacionadas con bienes de ciudadanos de ese país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.