Micelio

Artículo 4

Ley 23 de 1896 · sobre enseñanza profesional científica en los Departamentos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Anexos á los colegios citados se darán los estudios profesionales científicos en las Facultades que se expresan á continuación:

1.° Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de Cartagena;

2.° Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de Medellín;

3.° Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de Popayán;

4.° Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de Tunja;

5.° Facultad de Medicina y Ciencias Naturales de Cartagena;

6.° Facultad de Medicina y Ciencias Naturales de Medellín;

7.° Facultad de Matemáticas e Ingeniería de Medellín.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 23 de 1896