Micelio

Artículo 49

Subsidio Familiar Para Efectos Del Reconocimiento Del Subsidio Familiar El Interesado Formulará Por Conducto Regular La Solicitud Correspondiente A La Dirección General De La Policía Nacional, Acompañando Las Actas De Registro Civil Y Eclesiástico Pertinentes, Debidamente Legalizadas O En Su Defecto Las Pruebas Supletorias De Acuerdo Con La Ley, En Que Conste El Matrimonio Válido En Colombia O El Nacimiento De Los Hijos

Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subsidio familiar Para efectos del reconocimiento del subsidio familiar el interesado formulará por conducto regular la solicitud correspondiente a la Dirección General de la Policía Nacional, acompañando las actas de registro civil y eclesiástico pertinentes, debidamente legalizadas o en su defecto las pruebas supletorias de acuerdo con la ley, en que conste el matrimonio válido en Colombia o el nacimiento de los hijos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2553 de 1975