Micelio

Artículo 41

Derogado

Ley 188 de 1995 · plan Nacional de Desarrollo e Inversiones 1995 - 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Para posibilitar la descentralización que ordena la Constitución Política de Colombia, el Gobierno Nacional firmará convenios con las gobernaciones, alcaldías y entidades territoriales, con el fin de ayudar a la Nación a ejecutar la inversión ordenada en este Plan. Vigente desde: 02/06/1995 y hasta el: 28/07/1999

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 188 de 1995