°. Transición de la planta externa . La supresión de los cargos que se encuentren provistos en la planta externa al momento de entrar en vigencia el presente decreto, se hará efectiva una vez se genere la vacancia definitiva del empleo, con excepción de los cargos ocupados por funcionarios que poseen características de local, cuya supresión será efectiva a partir de la vigencia del presente decreto, salvo los cargos ocupados por funcionarios que poseen características de local que cumplan con los requisitos para pensionarse dentro los próximos tres años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, en estado de embarazo o en periodo de lactancia, durante el término que dure esta condición.
La Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores certificará los cargos vacantes de la planta externa existentes al momento de entrar en vigencia el presente decreto, los cargos de los funcionarios que poseen características de local y los cargos de los funcionarios con características de local que cumplan con los requisitos para pensionarse dentro los próximos tres años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, en estado de embarazo o en periodo de lactancia, durante el término que dure esta condición.
Los cargos creados mediante el presente decreto para las misiones diplomáticas y oficinas consulares, sólo podrán ser provistos una vez se haga efectiva la supresión del cargo por vacancia definitiva del empleo perteneciente a la planta externa en transición.