La organización interna de la Zona se ajustara a las siguientes normas
Las unidades de nivel directivo se denominaran Sub-Gerencias.
Las unidades que cumplan funciones de asesoría o coordinación se denominaran Oficinas, o Comités y Consejos cuando incluyan personas ajenas al organismo.
Las unidades operativas, incluidas las que atienden los servicios administrativos internos, se denominaran Divisiones o Secciones o Grupos. Excepcionalmente, en razón de la magnitud y naturaleza del trabajo podrán crearse direcciones generales integradas a su vez con divisiones secciones y grupos.
Las unidades que se creen para el estudio o decisión de asuntos especiales se denominaran Comisiones o Juntas. capitulo iv régimen jurídico de los actos y contratos