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Artículo 11

Funciones Del Despacho Del Director General

Decreto 2521 de 2013 · por el cual se establece la estructura de la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Despacho del Director General . Son funciones del Despacho del Director General, las siguientes

1.

Dirigir la ejecución, implementación y seguimiento de la política nacional del servicio público de empleo.

2.

Impartir directrices para la ejecución de las políticas, planes y programas que impulsen los acuerdos para el empleo para el desarrollo del servicio público de empleo.

3.

Asesorar y acompañar al gobierno Nacional en la formulación de las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con las materias de su competencia.

4.

Definir y dirigir acciones y estrategias para la articulación y coordinación de la Red del Servicio Público de Empleo con las entidades públicas, la red de prestadores y otros actores incidentes para lograr una mejor prestación del servicio público de empleo.

5.

Promover el fortalecimiento y la consolidación de la red del servicio público de empleo, mediante acciones de coordinación y articulación de las entidades que la componen y la priorización de territorio y población objetivos.

6.

Dirigir la gestión interinstitucional, para la implementación de la política del servicio público de empleo y promover la colaboración y articulación entre las entidades que integran la Red del Servicio Público de Empleo y de los demás interesados en el servicio público de empleo.

7.

Fomentar la inversión de recursos públicos y privados nacionales y de cooperación internacional para la prestación del servicio público de empleo.

8.

Promover los acuerdos para el empleo, nacionales o internacionales, que se requieran para el cumplimiento de las funciones de la Unidad, en coordinación con las entidades competentes.

9.

Dirigir, monitorear y evaluar la administración del servicio público de empleo y la Red de prestadores del Servicio Público de Empleo.

10.

Impartir los lineamientos para la administración, operación y funcionamiento del Sistema de Información para el servicio público de empleo y los subsistemas que lo componen.

11.

Gestionar recursos de cooperación internacional y asistencia técnica en coordinación con las entidades competentes.

12.

Elaborar y someter a aprobación del Consejo Directivo los planes institucionales.

13.

Preparar, en coordinación con la Secretaría General el anteproyecto de presupuesto, la programación presupuestal y plurianual de la Unidad, la desagregación anual del presupuesto, y efectuar el seguimiento y evaluación de su ejecución, recomendando las medidas necesarias para su cumplimiento.

14.

Presentar al Consejo Directivo el plan anual de adquisiciones, el anteproyecto de presupuesto y el programa anual mensualizado de caja, y realizar el seguimiento a su ejecución.

15.

Nombrar y remover a los servidores públicos de la Unidad, de conformidad con la normativa vigente.

16.

Adjudicar y suscribir los contratos que sean requeridos por la entidad, ajustándose a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

17.

Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno de la entidad.

18.

Formular, ejecutar y evaluar el plan estratégico de comunicaciones e imagen institucional y en la estrategia de divulgación de la misma.

19.

Crear, conformar y asignar funciones a los órganos de asesoría y coordinación, así como a los comités, comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados para el adecuado funcionamiento de la Unidad.

20.

Ejercer la competencia relacionada con el control disciplinario interno en segunda instancia, de acuerdo con la ley.

21.

Dirigir la implementación y sostenimiento del sistema integrado de gestión institucional, de conformidad con la normativa vigente.

22.

Diseñar e implementar sistemas de seguimiento, monitoreo y evaluación de los planes, programas y proyectos relacionados con el cumplimiento de la misión de la Unidad.

23.

Las demás que le sean asignadas por la Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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