Facúltase al Ministerio de Desarrollo Econó mico, para que a través del Instituto de Fomento Industrial -IFI - , en ejecución del Proyecto de Pesca Costera, adelante las siguientes gestiones y operaciones: a) Aportar a la sociedad constituida para efectuar el desarrollo de la pesca costera, los equipos y elementos objeto de la donación japonesa; Vender a dicha empresa, o a otras personas naturales o jurídicas que estén directamente relacionadas con la ejecución del proyecto, los equipos y elementos objeto de la donación, en condiciones favorables de plazo, precio y de interés; o para entregarlos a los mismos, a título de arrendamiento, comodato, o en la forma que lo considere conveniente para la más pronta y mejor ejecución del proyecto.
Artículo 1
Facúltase Al Ministerio De Desarrollo Econó Mico, Para Que A Través Del Instituto De Fomento Industrial -Ifi - , En Ejecución Del Proyecto De Pesca Costera, Adelante Las Siguientes Gestiones Y Operaciones: A) Aportar A La Sociedad Constituida Para Efectuar El Desarrollo De La Pesca Costera, Los Equipos Y Elementos Objeto De La Donación Japonesa; Vender A Dicha Empresa, O A Otras Personas Naturales O Jurídicas Que Estén Directamente Relacionadas Con La Ejecución Del Proyecto, Los Equipos Y Elementos Objeto De La Donación, En Condiciones Favorables De Plazo, Precio Y De Interés; O Para Entregarlos A Los Mismos, A Título De Arrendamiento, Comodato, O En La Forma Que Lo Considere Conveniente Para La Más Pronta Y Mejor Ejecución Del Proyecto
Decreto 3042 de 1984 · por el cual se autoriza al Instituto de Fomento Industrial —IFI— para que en ejecución del proyecto de pesca, disponga de los bienes objeto de una donación del Gobierno Japonés.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.