Micelio

Artículo 4

Ley 44 de 1962 · por la cual se atiende a la situación de emergencia social y se crean Centros de Capacitación para Niños, en especial para los afectados por la violencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno suministrará los recursos necesarios para la construcción de locales para los campos de experimentación agrícola y pecuaria, talleres y equipos; y para la dotación de material de enseñanza, pago de profesores, alimentación, vestidos y demás gastos que demanden la administración y funcionamiento de los Centros.

Parágrafo

Los servicios en los Centros serán gratuitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 44 de 1962