Micelio

Artículo 1

Ley 9 de 1969 · por la cual se determinan las obras que el Gobierno Nacional auxiliará en el Departamento de Nariño, se modifican unas Leyes y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las obras y empresas a que se refiere esta Ley podrán adelantarse y desarrollarse por conducto de la Nación, el Departamento y los Municipios, Juntas de Acción Comunal, Cooperativas, Caja de Crédito Agrario, Instituto Nacional de Fomento, Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico y sus filiales, Oapec, Caminos Vecinales y Distritos de Obras, Incora, Corporación de Turismo, Instituto de Crédito Territorial, y demás instituciones oficiales o semioficiales o privadas con personería jurídica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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