Micelio

Artículo 98

Ley 83 de 1946 · Orgánica de la defensa del niño

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo eligirá su Presidente, se reunirá por lo menos dos veces por semana, y sus miembros tendrán una asignación de veinte pesos ($ 20) por sesión o día de sesión.

El desempeño de las funciones de Consejero es compatible con cualquier otro cargo publico.

El Consejo tendrá un Secretario General abogado, con cuatrocientos pesos ($ 400) mensuales de sueldo, un Oficial con doscientos cincuenta pesos ($ 250) mensuales de sueldo, y un Escribiente con ciento cincuenta pesos ($ 150) mensuales de sueldo, de su libre nombramiento y remoción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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