Micelio

Artículo 17

Decreto 512 de 1989 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad y se establecen las funciones generales de la entidad específicas de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la oficina de Inspección General . Corresponde a la Oficina de Inspección General

a)

Adelantar las investigaciones administrativas y disciplinarias, así como las preliminares de carácter penal originadas en actuaciones irregulares de los empleados del Departamento, con sujeción a los procedimientos legales vigentes para la institución.

b)

Establecer, por medio de visitas, inspecciones y controles directos, el buen funcionamiento operativo y administrativo de la entidad.

c)

Evaluar el trabajo de las dependencias y proponer las medidas, que agilicen su marcha, mejoren su eficacia o contribuyan a la plena realización de su misión.

d)

Adelantar, por orden del Presidente de la República sin perjuicio de las funciones que corresponden al Procurador General de la Nación y bajo la dirección de éste, investigaciones administrativas por actuaciones irregulares de funcionarios pertenecientes a otros organismos del Gobierno.

e)

Vigilar la conducta oficial de los empleados del Departamento y proponer los correctivos necesarios cuando algo afecte su pulcritud, eficiencia y rendimiento.

f)

Proyectar las decisiones que debe suscribir el Jefe del Departamento en materia disciplinaria y sustanciar los recursos que ante él se interpongan.

g)

Ejercer auditoría a los sistemas de procesamiento electrónico del DAS.

h)

Coordinar y supervisar la actividad inspectiva de los funcionarios adscritos a otras dependencias. CAPITULO II. De la Sunjefatura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 512 de 1989