Micelio

Artículo 1

Decreto 18660528 de 1866 · Sobre suspensión de remates de bienes desamortizados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. La venta de los bienes que aún quedan por enajenar, de los que fueron desamortizados a virtud del decreto de 9 de setiembre de 1861, no se adelantará ni se perfeccionará hasta que se dicten por el poder ejecutivo los decretos i disposiciones convenientes en la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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