Micelio

Artículo 9

Ley 36 de 1907 · Por la cual se reforma el Decreto legislativo número 27 de 1906 y se ceden unas tierras baldías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Prorrógase por un año más el término concedido en el artículo 9.° del Decreto que se reforma, y el del artículo 17 de la Ley 56 de 1905 .

Parágrafo

Tanto este artículo como el 17 de la Ley 56 citada se publicarán por bando en dos días feriados, en todos los Municipios de la República, por el Alcalde, dejando constancia del hecho en acta levantada al efecto, de que se pasará copia á los Tesoreros respectivos. Igual mente los Cónsules de la República publicarán por una vez en periódicos de la mayor circulación los artículos 16 y 17 de la Ley 56 de 1905 , el artículo 9.° del Decreto legislativo que se reforma, y el artículo correspondiente de esta Ley. Un ejemplar del periódico en que se haga la publicación será enviado al Ministerio de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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