Categoría de profesores militares . Para efectos de lo dispuesto en el artículo 150 del Decreto 1790 de 2000, establécese las siguientes categorías de Profesores Militares
a)
Profesor Militar de Quinta Categoría;
b)
Profesor Militar de Cuarta Categoría;
c)
Profesor Militar de Tercera Categoría;
d)
Profesor Militar de Segunda Categoría;
e)
Profesor Militar de Primera Categoría.