Son funciones del Consejo Directivo de Prosocial las siguientes
Formular la política general que la Entidad deba adelantar y los planes y programas a desarrollar;
Controlar el funcionamiento de la entidad y verificar su conformidad con la política adoptada y sus normas legales, estatutarias y reglamentarias;
Adoptar los Estatutos de la Entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional;
Elaborar y modificar los reglamentos generales y especiales de las operaciones de la Entidad y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional, cuando fuere necesario;
Conocer de los proyectos de empréstito y, en general, de contratación, con antelación al inicio del proceso de selección del contratista, o la firma del contrato, según el caso, cuando la cuantía sea superior a mil salarios mínimos mensuales legales vigentes, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 80 de 1993, sus Decretos reglamentarios y demás normas que lo modifiquen o sustituyan;
Estudiar y aprobar el Reglamento de Crédito para la financiación de los planes, programas y servicios que desarrolla la Entidad;
Aprobar el presupuesto anual de la Promotora, de conformidad con las disposiciones legales;
Autorizar la apertura y/o cierre de Seccionales de Servicios y Agencias;
Establecer la estructura interna y las funciones de las dependencias, así como la planta de personal de la Entidad;
Adoptar la escala salarial de los servidores públicos de la Entidad, de conformidad con la ley y directrices del Gobierno Nacional;
Analizar y aprobar el Balance Anual y demás Informes Financieros;
Evaluar los resultados de las labores de la Empresa;
Dictar su propio reglamento;
Delegar en el Director Ejecutivo, algunas funciones propias y autorizar a éste para delegar en otros funcionarios de la Empresa, algunas de sus funciones;
Las demás que le señale la ley y los estatutos.