Micelio

Artículo 4

El Banco Central Hipotecario Podrá Emitir Los Títulos Referidos En Las Cuantías Necesarias Para Permitir El Mantenimiento De Las Inversiones Que Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Hagan En Los Mismos

Decreto 720 de 1987 · por el cual se interviene en la actividad del Banco Central Hipotecario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Banco Central Hipotecario podrá emitir los títulos referidos en las cuantías necesarias para permitir el mantenimiento de las inversiones que las corporaciones de ahorro y vivienda hagan en los mismos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 720 de 1987