Conformación del Consejo Nacional de Voluntariado. Como mínimo tres (3) Consejos Departamentales de Voluntariado y cuatro (4) Organizaciones de Voluntariado, ODV, o Entidades con Acción Voluntaria, ECAV, del orden nacional, convocarán a una reunión pública y abierta que tendrá por finalidad expresa y clara la creación del Consejo Nacional de Voluntariado a la cual deberán asistir por lo menos los representantes de diez (10) Consejos Departamentales de Voluntariado que existan, y diez (10) Organizaciones de Voluntariado, ODV, o Entidades con Acción Voluntaria, ECAV, del orden nacional. De esta reunión debe levantarse un acta de conformación del Consejo Nacional de Voluntariado.
El acta en mención debe contener como mínimo la siguiente información
Fecha y lugar de la reunión;
Listado de los Consejos Departamentales de Voluntariado y de las Organizaciones de Voluntariado, ODV, y Entidades con Acción Voluntaria, ECAV, nacionales convocantes;
Listado de los Consejos Departamentales de Voluntariado y de las Organizaciones de Voluntariado, ODV, y Entidades con Acción Voluntaria, ECAV, nacionales participantes;
Listado de las personas asistentes;
Declaración de conformación del Consejo Nacional de Voluntariado;
Listado de los Consejos Departamentales de Voluntariado, Organizaciones de Voluntariado, ODV, y Entidades con Acción Voluntaria, ECAV, que conformarán la comisión coordinadora. El acta debe ser firmada con número de cédula por los representantes de las ODV y ECAV nacionales y Consejos Departamentales de Voluntariado participantes.
Con posterioridad a la creación del Consejo Nacional de Voluntariado, los Consejos Departamentales de Voluntariado y las Organizaciones de Voluntariado, ODV, y las Entidades con Acción Voluntaria, ECAV, del orden nacional que no hayan participado en la reunión de conformación podrán inscribirse en el Consejo Nacional de Voluntariado, solicitándolo por escrito a la comisión coordinadora.