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Artículo 5

Decreto 48 de 2001 · por el cual se modifica el artículo 7º del Decreto 1768 de 1994, los artículos 1º y 2º del Decreto 1865 de 1994 y se adoptan otras determinaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Componentes del Plan de Gestión Ambiental Regional . El Plan de Gestión Ambiental Regional deberá contemplar como mínimo cuatro componentes: 1) Diagnóstico Ambiental. 2) Prospectiva ambiental de la jurisdicción de la Corporación. 3) Estrategias. 4) Mecanismos de Seguimiento y Evaluación

1.

Diagnóstico Ambiental del Plan de Gestión Ambiental Regional . El Diagnóstico Ambiental corresponde al análisis integral de los componentes sociales, económicos, culturales y biofísicos de la región que determinan el estado de los recursos naturales renovables y del ambiente. Adicionalmente considerará las interrelaciones ambientales urbano-regionales y las dinámicas ambientales al interior de las áreas urbanas y en áreas aledañas a su jurisdicción. El diagnóstico ambiental, además de definir el estado de los recursos naturales renovables y del ambiente, deberá identificar y caracterizar los problemas -causas y efectos- y las potencialidades ambientales, tanto en el ámbito urbano como rural; así como proyectar las repercusiones de las dinámicas del desarrollo sobre los recursos naturales renovables y el ambiente. Este deberá ir acompañado de indicadores ambientales adecuados, que serán la base para el seguimiento y evaluación. El diagnóstico debe ir acompañado de cartografía básica y temática relacionada con la problemática ambiental regional a una escala adecuada y apoyarse en la información disponible de las entidades científicas vinculadas y adscritas al Ministerio del Medio Ambiente y demás entidades generadoras de información básica.

2.

Prospectiva ambiental de la jurisdicción de la Corporación . Partiendo del diagnóstico ambiental se identificará de manera concertada entre los diferentes actores, los escenarios de largo plazo en lo relacionado con el manejo, administración y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del ambiente, estableciendo metas medibles.

3.

Estrategia del Plan de Gestión Ambiental Regional . La estrategia deberá determinar las líneas de acción a seguir para alcanzar los escenarios identificados en la prospectiva ambiental de la región. Estas líneas de acción se constituyen en pautas generales para dar solución a los problemas ambientales identificados y diseñar mecanismos para el desarrollo de las potencialidades ambientales. Con base en las líneas de acción definidas, se identificarán áreas programáticas que deberán ser abordadas por cada uno de los actores regionales y para cada una de las áreas prioritarias de acción, garantizando la articulación entre ellos para el logro de los objetivos ambientales planteados. Como parte de la estrategia se deberán determinar los requerimientos de financiación, las posibles fuentes y los mecanismos para la obtención de los recursos a mediano y largo plazo.

4.

Mecanismos de Seguimiento y Evaluación del Plan de Gestión Ambiental Regional . El Plan de Gestión Ambiental Regional deberá contener un conjunto de indicadores que permitan monitorear el nivel de avance y cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en las líneas de acción definidas. Estos indicadores deberán permitir la introducción de ajustes y/o cambios necesarios al Plan de Gestión Ambiental Regional, de acuerdo con las Políticas Nacionales, las dinámicas regionales y al grado de cumplimiento de los objetivos y metas planteadas, mediante un proceso de retroalimentación orientado al mejoramiento continuo de la gestión ambiental regional.

Parágrafo

Los indicadores básicos se concertarán entre las Corporaciones Autónomas Regionales y el Ministerio del Medio Ambiente, para contar con información homogénea para el seguimiento, evaluación y control del estado de los recursos naturales y del ambiente a nivel nacional. CAPITULO III Plan de Acción Trianual -AT-

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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