Autorízase a la empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río para señalar el porcentaje de empleados, contratistas y obreros extranjeros, consultando, para el efecto, las conveniencias generales de la Empresa. Esta podrá pagar en moneda extranjera, dentro o fuera del país, el valor de los sueldos o emolumentos de los empleados, obreros y técnicos extranjeros.
Ley 95 de 1948 →Vigente
Artículo 4
Ley 95 de 1948 · Por la cual se establecen unas exenciones en favor de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.