Micelio

Artículo 1

A Las Importaciones De Vehículos Originarios Y Provenientes De Los Estados Unidos Mexicanos, Clasificados En Las Subpartidas Relacionadas A Continuación Y Con Las Características Allí Señaladas, Se Les Aplicará El Gravamen Ad Valórem Señalado Para Cada Uno De Ellas, En La Columna "gravamen %"

Decreto 3725 de 2003 · por el cual se da cumplimiento a unos compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Tratado de Libre Comercio suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A las importaciones de vehículos originarios y provenientes de los Estados Unidos Mexicanos, clasificados en las subpartidas relacionadas a continuación y con las características allí señaladas, se les aplicará el gravamen ad valórem señalado para cada uno de ellas, en la columna "gravamen %". Subpartida Descripción del Producto Gravamen % 8701.20.00.00 Vehículos con chasis (bastidor) para el transporte de mercancías, con peso bruto vehicular mayor o igual a 15.000 kilogramos 3.6% 8702.10.90.00 Vehículos sin chasis (bastidor) y con carrocería integrada para el transporte de más de 16 personas, incluido el conductor. 3.6% 8702.90.99.00 Vehículos sin chasis (bastidor) y con carrocería integrada para el transporte de más de 16 personas, incluido el conductor. 3.6% 8704.22.00.00 Vehículos con chasis (bastidor) para el transporte de mercancías, con peso bruto vehicular mayor o igual a 15.000 kilogramos 3.6% 8704.23.00.00 Los demás vehículos automóviles para el transporte de mercancías con motor de émbolo (pistón) de encendido por compresión (diésel o semidiésel), de peso total con carga máxima superior a 20 t. 3.6% 8704.32.00.00 Vehículos con chasis (bastidor) para el transporte de mercancías, con peso bruto vehicular mayor o igual a 15.000 kilogramos 3.6% 8704.90.00.90 Vehículos con chasis (bastidor) para el transporte de mercancías, con peso bruto vehicular mayor o igual a 15.000 kilogramos 3.6%

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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