Micelio

Artículo 14

Ley 70 de 1913 · Que adiciona y reforma la 69 de 1909

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los fondos de la Junta de Conversión que no tengan situados Casas bancarias del Exterior, para atender a la venta de giros, deberán guardarse y custodiarse en las arcas, sótanos o depósitos de que al efecto disponga o que le suministre el Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 70 de 1913