Micelio

Artículo 2

El Valor Previsto En El Artículo 31 Del Decreto 2511 De 1993, Para El Literal A) Del Artículo 623 Del Estatuto Tributario Por El Año Gravable 1993, Quedará Así: Doscientos Cincuenta Y Cinco Millones Seiscientos Mil Pesos ($255

Decreto 2594 de 1993 · por el cual se corrigen unos yerros mecanográficos en los Decretos 2495 y 2511 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El valor previsto en el artículo 31 del Decreto 2511 de 1993, para el literal a) del artículo 623 del Estatuto Tributario por el año gravable 1993, quedará así: Doscientos cincuenta y cinco millones seiscientos mil pesos ($255.600.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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