º. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Ejecútese y cúmplase.
Decreto 426 de 1982 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 426 de 1982 · Por el cual se aclaran los Decretos números 128 y 130 de enero 20 de 1982.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.