Micelio

Artículo 2

Decreto 1178 de 1965 · Por el cual se adiciona la Nomenclatura de Empleos establecida por el artículo primero del Decreto número 1678 de 1960

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo A partir de la vigencia del presente Decreto, las siguientes series y clases de la Nomenclatura vigente quedarán modificados así: Enfermera II, 11 en III 11 Enfermera III, 13 en V 13 Promotor de Acción Comunal II, 11 en VIII 11 Promotor de Acción Comunal III. 15 en XII 15 Promotor de Acción Comunal IV, 16 en XIII 16 Promotor de Acción Comunal V, 17 en XIV 17 Visitador Nacional de Gobierno, 19, en I 19

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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