ARTICULO 106. Además de las funciones asignadas en los artículos anteriores del presente Decreto, el Comité de Gabinete del Ministerio, tendrá las siguientes
Proponer la definición de objetivos, políticas y normas del Sector Salud;
Recomendar la adopción del Plan Sectorial de Salud y la programación del gasto publico sectorial;
Asesorar al Ministro en los plazos para que las entidades adscritas y vinculadas entreguen sus programas operativos y presupuestales;
Recomendar los requerimientos presupuestales y el programa de inversión pública sectorial para cada año;
Asesorar al Ministro, sobre la posición a adoptar ante las Juntas Directivas, acerca de los programas operativos de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio;
Proponer al Ministro las pautas de presentación de presupuestos anuales de las entidades descentralizadas directas nacionales del sector;
Dar recomendaciones al Ministro sobre la posición a adoptar en materia de política macroeconómica, los planes intersectoriales y demás decisiones no sectoriales que afectan al Sector Salud;
Evaluar el desarrollo de los programas y presupuestos del sector, con fundamento en los informes que presenten el Secretario General y Directores Generales del Ministerio;
Recomendar correctivos respecto al Plan Operativo Anual y la ejecución presupuestal de las entidades nacionales del sector;
Aconsejar al Ministro sobre estrategias de manejo de instrumentos de la política del sector;
Recomendar al Ministro los indicadores de medición de logro de los objetivos del sector y los programas operativos anuales de las entidades descentralizadas;
Evaluar las solicitudes de crédito externo, crédito interno y cooperación financiera internacional que pretendan realizar las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, y presentar las recomendaciones del caso;
Recomendar al Ministro y demás estamentos competentes, la política tarifaria sectorial y procedimientos de cobro y facturación;
Recomendar al Ministro la política con relación a los gremios y organizaciones de carácter privado del sector.