Micelio

Artículo 2.4.1.2.33

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuerpo Técnico de Análisis de Riesgo - CTAR - Ruta de protección individual y Cuerpo Técnico de Análisis de Riesgo Ruta de protección colectiva- CTARC. Créase el Cuerpo Técnico de Análisis de Riesgo - CTAR - Ruta de protección individual y el Cuerpo Técnico de Análisis de Riesgo Ruta de protección colectiva- CTARC, encargados de la recopilación y análisis de información "in situ". El CTAR podrá estar conformado por personal de la Unidad Nacional de Protección y de la Policía Nacional.

El Director de la Unidad Nacional de Protección determinará la conformación del CTAR, para lo cual coordinará, previamente, con la Policía Nacional su participación dentro del mismo.

Parágrafo

En todas aquellas disposiciones en las cuales se haga referencia al CTRAI, se entenderá referida al CTAR ruta individual y CTARC ruta colectiva.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.4.1.2.33. Cuerpo Técnico de Recopilación y Análisis de Información – CTRAI. Encargado de la recopilación y análisis de información in situ. Podrá estar conformado por personal de la Unidad Nacional de Protección y de la Policía Nacional.

El Director de la Unidad Nacional de Protección determinará la conformación del CTRAI, para lo cual coordinará previamente con la Policía Nacional su participación dentro del mismo.

(Decreto 4912 de 2011, artículo 33)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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