°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica todas las disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 4823 de 2007 →Vigente
Artículo 2
Vigencia
Decreto 4823 de 2007 · por el cual se modifican los Decretos 2560, 2561, 2568, 2569 y 2570 del 6 de julio de 2007, los cuales fueron corregidos mediante el Decreto 3242 de 2007.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.