A las propuestas para contratar la exploración y explotación de metales preciosos se acompañará un croquis de la zona objeto de la respectiva solicitud, en escala de uno a diez mil (1:10.000) y firmado por el ingeniero o topógrafo matriculado que hubiere hecho el correspondiente levantamiento. Dicho croquis contendrá
Ambos extremos del trayecto relacionados a rumbo y distancia a sendos puntos arcifinios fácilmente identificables que se encuentren a distancia no mayor de cinco kilómetros de los extremos referidos, y
La localización de las confluencias de las principales corrientes de agua que desemboquen al río eje de la reserva en el trayecto solicitado y los demás accidentes topográficos que sirvan para la identificación de la zona.
La orientación general de los detalles geográficos del croquis en relación con el meridiano magnético, o sea la línea norte-sur, deberá corresponder a la realidad. b) Metales no preciosos y sustancias minerales no metálicas: