Micelio

Artículo 16

Decreto 3166 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el reglamento de valorización Adoptado por la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge, CVS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Comité Asesor de Valorización:

1.

Formular recomendaciones relacionadas con la política general de aplicación de la contribución de valorización por obras de interés público a cargo de la corporación y llevar sus conclusiones al Director General, para su presentación a la Junta Directiva de la Corporación.

2.

Estudiar los informes y conclusiones de la Oficina de Valorización sobre las siguientes materias en cada una de las obras que se adelanten por el sistema de la contribución de valorización:

a)

Proyecto de zona de influencia;

b)

Estudios de beneficios y sistema de distribución aplicable en cada caso;

c)

Determinación del monto total distribuible;

d)

Proyecto de distribución de las contribuciones

e)

Observaciones u objeciones propuestas por la Junta de Propietarios, y de Recursos de reposición interpuestos contra las contribuciones y reclamaciones, en general de los contribuyentes.

El Comité se pronunciará sobre los puntos relacionados y consignará sus conclusiones o conceptos, los cuales, por tratarse de una entidad consultiva, no son obligatorios para los funcionarios ni para la Junta Directiva, de la Corporación, pero en las decisiones que se tomen al respecto, se dejará constancia del concepto del. Comité Asesor de, Valorización, acogiéndolo o rechazándolo en forma fundamentada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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