° El Ministerio de Defensa propenderá por el desarrollo económico de la zona y organizará en forma conveniente instrucción agropecuaria para los soldados próximos a ser licenciados, conjuntamente con personal civil de la región.
Decreto 1038 de 1967 →Vigente
Artículo 2
El Ministerio De Defensa Propenderá Por El Desarrollo Económico De La Zona Y Organizará En Forma Conveniente Instrucción Agropecuaria Para Los Soldados Próximos A Ser Licenciados, Conjuntamente Con Personal Civil De La Región
Decreto 1038 de 1967 · Por el cual se destina un bien fiscal para uso del Ministerio de Defensa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.