Micelio

Artículo 1

Ley 48 de 1928 · por la cual se honra la memoria del ex - Presidente y prócer don Juan de Dios de Aranzázu y se ordena hacer un pago

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vótase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.) para la creación de un monumento a Juan de Dios de Aranzazu, en el cementerio de La Ceja, y para embellecer dicho lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 48 de 1928