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Artículo 42

Son Funciones De Las Divisiones Técnicas: A) Suministrar La Información, Instrucciones Y Medios Auxiliares Que Faciliten Las Distintas Etapas Del Proceso De Fabricación En Cada Una De Las Líneas De Producción

Decreto 441 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 083 de 1987 (enero 16), dictado por la Junta Directiva de la Industria Militar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de las Divisiones Técnicas

a)

Suministrar la información, instrucciones y medios auxiliares que faciliten las distintas etapas del proceso de fabricación en cada una de las líneas de producción.

b)

Estudiar el mejoramiento de las líneas de producción y de los productos finales y hacer las recomendaciones del caso.

c)

Propender por la actualización y desarrollo tecnológico de la respectiva Fábrica.

d)

Coordinar con las Divisiones de Producción el cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas de los diferentes procesos de fabricación.

e)

Analizar y conceptuar sobre los materiales y productos empleados en las distintas líneas de producción como también los que se adquieran para la venta directa al público.

f)

En coordinación con la División de Desarrollo Tecnológico, efectuar estudios sobre desarrollo de nuevos productos o procesos productivos.

g)

Mantener actualizado el registro de la información técnica de las fábricas de acuerdo con las normas y procedimientos existentes sobre registro de información tecnológica.

h)

Recomendar la sustitución de equipos así como de productos y procesos.

i)

Analizar y proponer nuevos métodos y sistemas que permitan la simplificación, racionalización y estandarización de los procedimientos técnicos.

j)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. De las Divisiones de Control de Calidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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