Micelio

Artículo 5

Ley 34 de 1987 · por medio de la cual el Congreso de la República, se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación de la Academia de Medicina de Medellín.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Congreso Nacional, nombrará una comisión de su seno que lo represente en los actos conmemorativos de la celebración del primer centenario de la Academia de Medicina de Medellín, y en dichos actos se descubrirá una placa con la siguiente inscripción: "El Congreso de Colombia 1986-1990 rinde tributo de admiración a la Academia de Medicina de Medellín, con motivo de la celebración de su primer centenario de fundación".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 34 de 1987