Declárase vigente para Colombia desde el 29 de enero de 1988 el "Acuerdo para la Exoneración Recíproca de Impuestos sobre los Ingresos Derivados de la Operación de Barcos y Aeronaves, celebrado entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América mediante canje de notas de fecha 16 de octubre de 1987.
Decreto 768 de 1988 →Vigente
Artículo 10
Declárase Vigente Para Colombia Desde El 29 De Enero De 1988 El "acuerdo Para La Exoneración Recíproca De Impuestos Sobre Los Ingresos Derivados De La Operación De Barcos Y Aeronaves, Celebrado Entre El Gobierno De Colombia Y El Gobierno De Los Estados Unidos De América Mediante Canje De Notas De Fecha 16 De Octubre De 1987
Decreto 768 de 1988 · Por el cual se promulgan unos tratados internacionales
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.