Ley 32 de 1986 · Por la cual se adopta el Estatuto Orgánico del Cuerpo de Custodia y Vigilancia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Fíjanse los siguientes tiempos mínimos de servicio en cada grado, como requisitos para ascender al grado inmediatamente superior:
a)
Guardián: Tres (3) años.
b)
Sub-oficial:
1.
Cabo: Tres (3) años.
2.
Sargento: Tres (3) años.
c)
Oficial:
1.
Teniente: Tres (3) años.
2.
Capitán: Tres (3) años.
3.
Mayor: Tres (3) años.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.