Micelio

Artículo 4

Continúan Vigentes Las Disposiciones Contenidas En Los Artículos 1º (Incluyendo El Parágrafo), 5º, 6º Y 9º Del Decreto 2493 De 1984, Referentes A La Destinación Única Y Exclusiva Del Cocinol (C

Decreto 2334 de 1989 · por el cual se crea el Comité de Planeamiento del Programa de Cocinol y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Continúan vigentes las disposiciones contenidas en los artículos 1º (incluyendo el

Parágrafo

, 5º, 6º y 9º del Decreto 2493 de 1984, referentes a la destinación única y exclusiva del Cocinol (C.L.D.), como artículo de primera necesidad en determinados sectores de la población, a las condiciones y formalidades que deben llenar los expendios de Cocinol y los vehículos automotores que se dediquen al transporte y distribución del mencionado combustible y a los horarios de transporte del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2334 de 1989