Micelio

Artículo 2.4.3.6

En Virtud De La Ley 45 De 1983 “por Medio De La Cual Se Aprueba La “convención Para La Protección Del Patrimonio Mundial, Cultural Y Natural”, Hecho En París El 23 De Noviembre De 1972 Y Se Autoriza Al Gobierno Nacional Para Adherir Al Mismo,” La Ley 397 De 1997 Modificada Y Adicionada Por La Ley 1185 De 2008, El Ministerio De Cultura Reglamentará Por Vía General Los Demás Aspectos Relacionados Con La Identificación, La Valoración, El Manejo, La Protección, La Conservación, La Salvaguardia, La Divulgación Y La Sostenibilidad De Los Paisajes Culturales Y La Relación

Decreto 1080 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En virtud de la Ley 45 de 1983 “por medio de la cual se aprueba la “Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural”, hecho en París el 23 de noviembre de 1972 y se autoriza al Gobierno nacional para adherir al mismo,” la Ley 397 de 1997 modificada y adicionada por la Ley 1185 de 2008, el Ministerio de Cultura reglamentará por vía general los demás aspectos relacionados con la identificación, la valoración, el manejo, la protección, la conservación, la salvaguardia, la divulgación y la sostenibilidad de los paisajes culturales y la relación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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