Micelio

Artículo 3

Decreto 2123 de 1953 · Por el cual se confiere una autorización al Alcalde de Bogotá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. El Alcalde de Bogotá queda facultado para reglamentar los artículos anteriores y para fijar la cuantía de las cuotas en que ha de cubrirse el depósito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2123 de 1953