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Artículo 1.3.1.9.10

Contenido Del Certificado Expedido Por El Donante Ejecutor O Entidad Ejecutora De Los Fondos Provenientes De Auxilios O Donaciones Destinados A Los Programas De Utilidad Común Cuando Son Ejecutados A Través De Un Contratista Ejecutor

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido del certificado expedido por el donante ejecutor o entidad ejecutora de los fondos provenientes de auxilios o donaciones destinados a los programas de utilidad común cuando son ejecutados a través de un contratista ejecutor. Cuando el donante ejecutor o la entidad ejecutora subcontrate la ejecución, total o parcial, de los fondos provenientes de auxilios o donaciones destinados a los programas de utilidad común, de conformidad con lo previsto en el artículo 1.3.1.9.9 del presente Decreto, deberá expedirle al contratista ejecutor un certificado que contendrá como mínimo la siguiente información

1.

Número del consecutivo del certificado.

2.

Fecha de expedición del certificado.

3.

Número y fecha del certificado de utilidad común expedido por la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, APC-Colombia al donante ejecutor o la entidad ejecutora.

4.

Razón social y número de identificación tributaria -NIT de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, APC-Colombia, entidad que expide el certificado de utilidad común.

5.

Razón social de la entidad o gobierno extranjero que otorga el auxilio o donación.

6.

Razón social y número de identificación tributaria -NIT del donante ejecutor o entidad ejecutora del auxilio o donación destinado al programa de utilidad común.

7.

Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT del "contratista ejecutor" del fondo de auxilio o donación destinados al programa de utilidad común.

8.

Nombre y objeto general del programa de utilidad común objeto del contrato.

9.

Monto de los fondos provenientes de auxilios o donaciones destinado al programa de utilidad común objeto del contrato.

10.

Firma del donante ejecutor o entidad ejecutora.

Parágrafo

El donante ejecutor, la entidad ejecutora y/o el "contratista ejecutor" remitirán a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, la información relacionada con los pagos o abonos en cuenta de los recursos destinados al programa de utilidad común en los términos, condiciones y plazos que establezca esta entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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