El interesado podrá solicitar que se establezca la conexidad referida en el artículo 48 de la presente Ley, si ella no ha sido declarada en la sentencia. Para estos efectos, se tendrán en cuenta:
El acervo probatorio que obra en el respectivo proceso;
Las certificaciones expedidas para el efecto por las autoridades competentes;
Cualquier otra información pertinente que se adjunte a la solicitud.